Disposición 41/2020

del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén

Fecha de promulgación:

Fecha de publicación: 07/10/2020

Número de Boletín Oficial: 28869

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Establece con carácter obligatorio para los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de acuerdo con lo establecido en el Artículo 100 de la Ley Impositiva 15170 y su norma reglamentaria Resolución Normativa 31/2020, Artículo 5, 6 y cctes, la presentación de la Declaración Jurada”. Revocase la Disposición N° 32-CGPQ/2020.

Observaciones

(Sección Varios)

Anexos
NombreDescripción
ANEXO IDeclaración Jurada Toneladas cargadas/descargadas Puerto de Quequen Adicionalfile_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Disposición 41/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 31/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)09/06/2020(Resolución Normativa) Reglamenta el adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, regulado en el artículo 100 de la Ley 15170. (terminales portuarias - consorcios de gestión - régimen especial de recaudación del adicional - operaciones de carga o descarga o mercadería removida – importes - montos y plazos – formularios – vencimientos octubre, noviembre y diciembre 2020 y enero 2021).
Normas que modifican y/o complementan a Disposición 41/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 07/10/2020 14:10