Disposición 41/2020
del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén
Fecha de promulgación:
Fecha de publicación: 07/10/2020
Número de Boletín Oficial: 28869
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establece con carácter obligatorio para los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de acuerdo con lo establecido en el Artículo 100 de la Ley Impositiva 15170 y su norma reglamentaria Resolución Normativa 31/2020, Artículo 5, 6 y cctes, la presentación de la Declaración Jurada”. Revocase la Disposición N° 32-CGPQ/2020.
Observaciones
(Sección Varios)
Anexos
Nombre | Descripción | |
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ANEXO I | Declaración Jurada Toneladas cargadas/descargadas Puerto de Quequen Adicional | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Disposición 41/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Resolución 31/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | 09/06/2020 | (Resolución Normativa) Reglamenta el adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, regulado en el artículo 100 de la Ley 15170. (terminales portuarias - consorcios de gestión - régimen especial de recaudación del adicional - operaciones de carga o descarga o mercadería removida – importes - montos y plazos – formularios – vencimientos octubre, noviembre y diciembre 2020 y enero 2021). |
Normas que modifican y/o complementan a Disposición 41/2020
Ninguna.Última actualizacion: 07/10/2020 14:10