Disposición 29/2020
de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
Fecha de promulgación: 31/08/2020
Fecha de publicación: 01/09/2020
Número de Boletín Oficial: 28843
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(Prorrogada por Disposición 33/2020) Prorroga los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre inclusive del mismo año, por el término de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, contados a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, rectificando el plazo establecido oportunamente mediante Disposición N° 27/20. Los Centros Emisores de Licencias de Conducir, deberán procurar la observancia de las recomendaciones mínimas de seguridad sanitaria aprobadas mediante Disposición N° 11/20. (Licencias de Conducir)-Coronavirus-COVID-19- Pandemia-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Disposición 29/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Prorroga a Disposición 27/2020 de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 19/08/2020 | Prorrogar los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 15 de septiembre inclusive del mismo año, por el término de 210 (doscientos diez) días corridos, contados a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, rectificando el plazo establecido oportunamente mediante Disposición N° 23/20. Los Centros Emisores de Licencias de Conducir, deberán procurar la observancia de las recomendaciones mínimas de seguridad sanitaria aprobadas mediante Disposición N° 11/20. (Licencias de Conducir)- Coronavirus (COVID-19)-(Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial). |
Normas que modifican y/o complementan a Disposición 29/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Prorrogada por Disposición 33/2020 de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 22/09/2020 | Prorroga los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 31 de octubre inclusive del mismo año, por el término de 270 (doscientos setenta) días corridos, contados a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, rectificando el plazo establecido oportunamente mediante Disposición N° 29/20. Instar a los Centros Emisores de Licencias a suspender de manera preventiva y con carácter excepcional la atención al público y el otorgamiento de Licencias de Conducir hasta el día 11 de octubre de 2020 inclusive. (Licencias de Conducir)-Coronavirus-COVID-19-Pandemia- |
Última actualizacion: 11/06/2021 14:06