Disposición 2/2010

de la Dirección General de Fiscalización de Agencias y Seguridad Privada del Ministerio de Seguridad

Fecha de promulgación: 19/03/2010

Fecha de publicación: 31/03/2010

Número de Boletín Oficial: 26328

Tipo de publicación: Integra

Resumen

LOS COUNTRIES, CLUBES DE CAMPO Y BARRIOS CERRADOS DE LA PROV. ESTáN OBLIGADOS A DISPONER DE UN SISTEMA DE ALARMA, Y QUE DEBERá ESTAR CONECTADA CON LA DEPENDENCIA POLICIAL MáS CERCANA. (PULSADOR DE EMERGENCIA-BOTóN ANTIPáNICO)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Disposición 2/2010
NormaResumen
Resolución 5/2010

PRORRóGA POR 30 DíAS EL PLAZO PARA LA INSTALACIóN DEL SISTEMA DE ALARMA EN LOS COUNTRIES,CLUBES DE CAMPO Y BARRIOS CERRADOS.(PULSADOR DE EMERGENCIA-BOTON ANTIPANICO-COOPERACIóN DE CAESI-CUMPLIMIENTO-EMPRESAS PRESTADORAS)
Ley 12297

SEGURIDAD PRIVADA. NORMAS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA. AGENCIAS. DEROGA LEY 9603 Y 9990.

Última actualizacion: 02/07/2020 17:07