Disposición 7/2008
del Ministerio de Seguridad
Fecha de promulgación: 02/10/2008
Fecha de publicación: 17/10/2008
Número de Boletín Oficial: 25999
Tipo de publicación: Integra
Resumen
PLAZO DEL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO RESUELTO PARA LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA (VIGILANCIA, ESCOLTA, DETECTIVE Y MONITOREO DE ALARMAS FIJAS Y MÓVILES) Y DE LOS SOSTENEDORES DE SERVICIOS DE SERENOS PARTICULARES HABILITADOS
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Disposición 7/2008
Norma | Resumen |
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Resolución 2365/2008 del Ministerio de Seguridad | ESTABLECE EL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO DE LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y DE LOS SOSTENEDORES DE SERVICIOS DE SERENOS PARTICULARES HABILITADOS ANTE LA DCCIÓN. GRAL. FISCALIZADORA DE AGENCIAS Y SEGURIDAD PRIVADA. |
Decreto 1897/2002 | APRUEBA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 12297 REF.REGULA LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS JURIDICAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA. |
Ley 12297 | SEGURIDAD PRIVADA. NORMAS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA. AGENCIAS. DEROGA LEY 9603 Y 9990. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09