Decreto 1230/2023
Fecha de promulgación: 16/07/2023
Fecha de publicación: 19/07/2023
Número de Boletín Oficial: 29549
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establece el monto a ser percibido en concepto de Viático por los/as Electores/as que cumplan Funciones de Autoridades en las Mesas Receptoras de los Votos de los/as Residentes/as Extranjeros/as y por las personas designadas por la Junta Electoral como Delegados/as en los Locales de Votación en los cuales funcionen las Mesas Receptoras de Votos de Residentes Extranjeros/as (Ref. Paso 2023 - Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 1230/2023
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Decreto 567/2023 | 15/04/2023 | Convoca para el 13 de agosto de 2023 a elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias, para la selección de los Candidatos/as a Gobernador/A, Vicegobernador/a, Senadores/as y Diputados/as, Intendentes/as, Concejales/as y Consejeros/as escolares. Adhiere al Régimen Nacional de Publicidad de Campañas Electorales (Ref.: Ley 26215 y 26571 - Paso 2023). |
Complementa a Resolución 147/2022 de la Junta Electoral | 26/12/2022 | (Resolución Técnica) Establece la designación, de un delegado electoral representante de este Organismo en cada uno de los locales en los que funcionen las mesas de votación y la conformación del Registro de Delegados Electorales (funciones y responsabilidades - mesas de votación - auxiliares electorales). |
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 1230/2023
Ninguna.Última actualizacion: 07/08/2024 13:08