Decreto 987/2021

Fecha de promulgación: 12/11/2021

Fecha de publicación: 13/11/2021

Número de Boletín Oficial: 29138

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Establece, entre el 15 de noviembre de 2021 y el 3 de abril de 2022, para las entidades bancarias situadas en diversos Municipios, que el personal cumplirá su jornada laboral de lunes a viernes de 07:45 a 15:15 horas, debiendo destinarse como horario de atención al público el comprendido de 08:00 a 13:00 hs (Ref. Bancos - Horario - Horario Bancario).

Observaciones

Publicado en Suplemento

Anexos
NombreDescripción
Anexo Único -ORIGINAL-Sustituido por Decreto 1028/2021file_downloadDescargar anexo
AnexoAnexo actualizado según Decreto 1028/2021file_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 987/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Decreto 1085/2020 30/11/2020 ESTABLECE, ENTRE EL 1° DE DICIEMBRE DE 2020 Y EL 4 DE ABRIL DE 2021, LOS HORARIOS DE OCUPACIÓN PARA EL PERSONAL Y DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN LAS ENTIDADES BANCARIAS SITUADAS EN DISTINTOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA, SERÁ DE LUNES A VIERNES DE 7:45 A 15:15 HORAS, DEBIENDO DESTINARSE COMO HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EL COMPRENDIDO ENTRE LAS 8:00 Y LAS 13:00 HORAS. CAMBIO DE HORARIO PARA BANCOS.
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 987/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Modificada por Decreto 1028/2021 18/11/2021Sustituye el Anexo Único del Decreto Nº 987/21 (Ref. Jornada Laboral y Atención al Público de Entidades Bancarias).

Última actualizacion: 15/05/2024 11:05