Decreto 837/2021
Fecha de promulgación: 05/10/2021
Fecha de publicación: 06/10/2021
Número de Boletín Oficial: 29113
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(CONVALIDADO POR LEY 15310) Dispone la Delegación de Facultades para el dictado de medidas tendientes a la implementación del Decreto Nacional 678/21. Establece el regreso a la presencialidad de los trabajadores de la Administración Pública Provincial. Modifica los Decretos 255/2020 y 679/2020 (Protocolos para el funcionamiento de actividades - Recomendaciones -Instrucciones -Autorización de ingreso de contingentes -Viaje de egresados - Procedimientos de fiscalización - Actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario - Medidas preventivas - Modalidad presencial - Personas exceptuadas - Pandemia - Covid 19).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo Unico | Sala de Situacion Covid-19 - 1 de octubre de 2021 | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 837/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Modifica a Decreto 679/2020 | 06/08/2020 | Establece un régimen excepcional de asignación de módulos no remunerativos no bonificables, a fin de conformar un estímulo para las trabajadoras y trabajadores de las plantas permanente con estabilidad y temporaria -personal transitorio- enmarcados en la Ley 10430 y regímenes estatutarios en los que dicha ley resulte de aplicación supletoria (Esenciales - Dependencias Publicas - Trabajo Domiciliario - Vigencia) |
Modifica a Decreto 255/2020 | 17/04/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de suspensión dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 132/2020, del 16 al 26 de abril de 2020. modifica el Artículo 3° del Decreto 203/2020. Establece a partir del 20 de abril de 2020 el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca en determinadas situaciones y en otras recomienda su uso. Prohíbe la distribución de mascarillas médicas o quirúrgicas a personas que no pertenezcan al Sistema de Salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o de su producción y/o comercialización (Excepciones-Sector Publico Provincial-Protocolos-Uso Obligatorio de Barbijo-Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid-19). |
Complementa a Decreto 521/2021 | 27/07/2021 | Modifica el Decreto 203/2020, Ref: Suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo a todo el Personal de la Administración Pública Provincial (Retorno a la actividad Laboral Presencial-Sector Público Provincial-Población de Riesgo-Servicios y actividades esenciales-Primera dosis-Vacunación-Inmunidad-Excepciones-Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19). |
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 837/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución conjunta 326/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros - Ministerio de Salud | 08/10/2021 | Enumera las medidas preventivas generales y obligatorias que deberán cumplir los y las bonaerenses y regula la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo al Decreto Nacional Nº 678/21. Determina los "Lineamientos generales para eventos masivos". Deroga las Resoluciones N° 3289/21 y Nº 3517/21 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. (Distanciamiento - Tapabocas - Viajes de Egresados - Viajes de Jubilados - Discotecas - Locales Bailables - Salones de Fiesta - Aforo - Eventos Masivos - Actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales - Covid-19). |
Complementada por Resolución conjunta 1/2022 del Ministerio de Salud y Ministerio de Transporte | 26/01/2022 | Establece el “PASE LIBRE COVID” como requisito obligatorio para la utilización de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor, de carácter regular y/o especializado, aledaños a Ciudad Autónoma de Buenos Aires (media distancia) y servicios interurbanos y/o rurales de larga distancia, además de cumplir con los protocolos, recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias. Establece que las empresas concesionarias o permisionarias de servicios públicos de jurisdicción provincial tendrán a su cargo el contralor de la acreditación del "PASE LIBRE COVID" en forma previa al inicio del servicio, debiendo impedir el ascenso de personas usuarias que no cumplan con el requisito (Coronavirus - emergencia sanitaria - vacunación - no vacunados- App “VacunatePBA”, App “Mi Argentina). |
Última actualizacion: 14/05/2024 11:05