Decreto 615/2020
Fecha de promulgación: 21/07/2020
Fecha de publicación: 23/07/2020
Número de Boletín Oficial: 28816
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Crea en el Ministerio de Salud, el "Programa Acompañar de Albergues para la Atención y Recuperación de Pacientes Covid-19 Leves", con el objeto de fomentar la Prevención de la Propagación del virus mediante el aislamiento responsable de los enfermos leves confirmados, o casos sospechosos hasta su resultado negativo, en Centros de Atención Provincial o Municipal, a través de la Asistencia Sanitaria, Social y Económica directa a las personas aisladas. Crea el "Fondo Especial de Subsidio por Desarraigo y Solidaridad de pacientes Covid19 Leves" (Subsidios - SARS - Cov-2).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 615/2020
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Decreto 615/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución conjunta 6/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Salud y Ministerio de Hacienda y Finanzas | 26/07/2020 | Reglamenta el "Programa Acompañar de Albergues para la Atencion y Recuperacion de Pacientes Covid-19 Leves", estableciendo el monto diario a asignar, en concepto de Subsidio por Desarraigo y Solidaridad, que será de Pesos Quinientos ($500) por día de internación, con un límite de hasta Pesos Siete Mil ($7.000) totales por persona solicitante (Ayuda - Coronavirus - Pandemia). |
Complementada por Resolución 1181/2020 del Ministerio de Salud | 27/07/2020 | Otorga a pacientes aislados en Centros de Atención Extrahospitalaria, sean tanto Provinciales como Municipales, con enfermedad leve confirmada de COVID-19, beneficiarios del “Programa Acompañar de Albergues para la Atención y Recuperación de Pacientes COVID-19 Leves”, conforme lo indicado en el artículo 1° del Decreto 615/2020 y en el Anexo Único de la presente Resolución, un subsidio diario de Pesos Quinientos ($500) por día de internación, con un límite de hasta Pesos Siete Mil ($7.000) totales por persona solicitante, el que será abonado y devengado conforme la normativa indicada. Aprueba los lineamientos del “Programa Acompañar de Albergues para la Atención y Recuperación de Pacientes COVID-19 Leves”, creado por Decreto N° 615/2020, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente (Subsidios - SARS - CoV-2 - Coronavirus) |
Última actualizacion: 12/07/2024 11:07