Decreto 251/2020
Fecha de promulgación: 16/04/2020
Fecha de publicación: 17/04/2020
Número de Boletín Oficial: 28752
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DECRETO RATIFICADO POR LEY 15174) Dispone que no podrán modificarse los precios, aranceles y/o cánones que se perciban por la prestación de servicios y rubros exceptuados, debiendo retrotraerse al valor vigente al 6 de marzo de 2020 y no podrán aumentar por un periodo de 90 días (Transporte - Residuos Patogénicos - Lavado - Planchado - Elementos Hospitalarios en General - Atención de la Salud - Ropa de Laboratorio - Bolsas y Cajas de Bioseguridad - Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible - OPDS - Permisos - Autorizaciones - Control - Sanciones - Denuncias - Municipios - Emergencia Sanitaria - Coronavirus - Covid-19)
Observaciones
Decreto 622/2020 dispone que el artículo 1° mantendrá su vigencia mientras persista el estado de emergencia sanitaria declarado por el articulo 1° del Decreto 132/2020 y prorroga la vigencia del articulo 2° hasta el 30 de agosto de 2020.
Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 251/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Decreto 177/2020 | 27/03/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Crea el “Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios de Productos Esenciales por la Emergencia Sanitaria” (SIMAP) que tendrá por objeto la fiscalización y control en el Ámbito Provincial. Aprueba el listado de Productos Esenciales, los Precios de Venta Mayorista y Minorista de tales productos deberán retrotraerse al valor vigente al 6 de marzo de 2020 (Control-Sanciones-Precios Máximos-Denuncias-Coronavirus-Covid-19). |
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 251/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Ratificada por Ley 15174 | 28/05/2020 | RATIFICA LOS DECRETOS 132/2020, 151/2020, 166/2020, 167/2020, 177/2020, 180/2020, 194/2020, 251/2020, 255/2020, 261/2020, 262/2020, 264/2020, 282/2020 Y 340/2020. MODIFICA LAS LEYES 13295 Y 10397 (PRÓRROGAS-SUSPENSIONES-DELEGACIÓN DE FUNCIONES-EMERGENCIA SANITARIA-CORONAVIRUS-COVID 19). |
Ratificada por Ley 15174 | 28/05/2020 | RATIFICA LOS DECRETOS 132/2020, 151/2020, 166/2020, 167/2020, 177/2020, 180/2020, 194/2020, 251/2020, 255/2020, 261/2020, 262/2020, 264/2020, 282/2020 Y 340/2020. MODIFICA LAS LEYES 13295 Y 10397 (PRÓRROGAS-SUSPENSIONES-DELEGACIÓN DE FUNCIONES-EMERGENCIA SANITARIA-CORONAVIRUS-COVID 19). |
Complementada por Resolución 217/2020 de la Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) | 28/05/2020 | Establecer en el exclusivo marco de la emergencia sanitaria y de manera excepcional, que los Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Patogénicos así como también los Lavaderos Industriales deberán reportar a este Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible de manera diaria, o con la mayor periodicidad posible de acuerdo al servicio que presten, las actividades y operaciones que realicen a fin de permitir el adecuado monitoreo de las mismas y adoptar las medidas anticipatorias y preventivas que resulten necesarias para evitar la contaminación y garantizar la preservación del ambiente. Aprobar los Formularios de Registro de Operaciones de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Patogénicos y el Formulario de Registro de Operaciones de Lavaderos Industriales. (Plataforma digital- Establecimientos- Registro de retiros - Tratamiento - Desechos sólidos-líquidos- Transportista)- Coronavirus- COVID 19- Pandemia- (OPDS) |
Prorrogada por Decreto 622/2020 | 23/07/2020 | (CONVALIDADO POR LEY 15225) Dispone que la medida establecida en el Articulo 1° del Decreto 251/2020, mantendrá su vigencia mientras persista el Estado de Emergencia Sanitaria declarado por el Artículo 1° del Decreto 132/2020. Prorroga la vigencia del Artículo 2° del Decreto 251/2020, hasta el 30 de agosto de 2020 (Prohibición de aumento de precios - Bienes esenciales) |
Complementada por Resolución 246/2020 de la Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) | 30/07/2020 | Aprobar los Procedimientos de excepción para la obtención de permisos y/o autorizaciones precarias de nuevos Centros de Tratamiento de Residuos Patogénicos y para incorporar unidades de tratamiento en centros ya registrados en el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Las empresas interesadas en obtener los permisos y/o autorizaciones. (Manipuleo, transporte, tratamiento, disposición final de los residuos patogénicos)- Coronavirus (COVID-19)-Pandemia- OPDS |
Última actualizacion: 08/07/2024 10:07