Decreto 523/2018
Fecha de promulgación: 05/06/2018
Fecha de publicación: 08/06/2018
Número de Boletín Oficial: 28291
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECE QUE TODO RECONOCIMIENTO DE GASTO POR PROVISIóN DE INSUMOS Y/O SERVICIOS SIN EL CORRESPONDIENTE AMPARO CONTRACTUAL SEGúN LEY 13981 SERá DE CARáCTER EXCEPCIONAL Y RESTRICTIVO REQUIRIENDO SER AUTORIZADO POR FUNCIONARIOS.DEROGA DEC.1980/16.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 523/2018
Norma | Resumen |
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Decreto 1186/2021 | Incluye a los Consejos Escolares en el cuadro de competencias para todos los procesos de Contratación de Obra Pública y en el cuadro de competencias y niveles de decisión para el reconocimiento de Gastos por Provisión de Bienes y Servicios sin Amparo Contractual. |
Decreto 845/2020 | Aprueba el “Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión” para el Reconocimiento de Gasto por Provisión de Bienes y/o Servicios sin el correspondiente amparo contractual de acuerdo con los términos de la Ley N° 13.981 y su Reglamentación, que como Anexo Único del presente pasa a formar parte integrante del Decreto N° 523/18, en reemplazo del Anexo I del citado Acto. Establece que el “Cuadro de Competencias y Niveles de Decisión” aprobados, será de aplicación a todos los procedimientos en curso al momento de la entrada en vigencia del presente Decreto. |
Resolución 2493/2020 del Ministerio de Salud | Reconoce el gasto y autoriza el pago de las facturas, previa deducción de las notas de crédito a favor de la firma Cito Centro De Interconsulta y Tratamiento Oncológico S.A., correspondientes a prestaciones de radioterapia con destino a pacientes derivados por este Ministerio, durante los meses de diciembre de 2019 y enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020. |
Resolución 2305/2020 del Ministerio de Salud | Reconoce el gasto y autoriza el pago de las facturas, previa deducción de la nota de crédito, a favor de la firma CODYELA S.A., correspondientes al servicio de racionamiento en cocido con destino a la UPA N°12 de Moreno; Hospital Zonal Especializado Materno Neonatal Estela de Carlotto de Moreno, Comunidad Terapéutica de Punta Alta; Hospital Zonal General Mariano y Luciano de la Vega de Moreno; Hospital Zonal General Manuel Belgrano de General San Martín; y Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito de Avellaneda. |
Decreto 59/2019 | APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 13981. DEROGA EL DECRETO 1300/16 (SUBSISTEMA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO PROVINCIAL - LEY 13767). |
Decreto 1980/2016 | (DEROGADO POR DEC.523/18)ESTABLECER QUE DIVERSOS FUNCIONARIOS PUEDAN RECONOCER LOS GASTOS REALIZADOS EN EL AMBITO DE SU JURISDICCION Y AUTORIZAR LOS PAGOS RESPECTIVOS. DEROGA EL DEC.1344/04. (RECONOCIMIENTO DE GASTOS-LEGITIMO ABONO-CONTRATACIONES) |
Decreto 1300/2016 | (DEROGADO POR DEC.59/19) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 13981.LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN SERÁ LA CONTADURÍA GENERAL.MODIFICA EL DEC.3300/72 Y DEROGA EL 1676/05.(COMPRAS-CONTRATACIONES-DGA-SISTEMAS ELECTRóNICOS-TRANSPARENCIA-PUBLICIDAD) |
Ley 13981 | REGULA E INCORPORA EL SUBSISTEMA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO AL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO DE LA PROVINCIA. DEROGA A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA PRESENTE LEY, PARTE DE LA LEY 7764. (COMPRAS-CONTRATOS) |
Última actualizacion: 13/10/2020 10:10