Decreto 847/2011

Fecha de promulgación: 15/07/1911

Fecha de publicación: 08/08/1911

Número de Boletín Oficial: 26647

Tipo de publicación: Integra

Resumen

DECLARAR EL ESTADO DE EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURA, ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DEL SERVICIO PúBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO QUE OPERA LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL, POR 180 DíAS.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 847/2011
NormaResumen
Decreto 211/2013

PRORROGA POR 1 AÑO EL ESTADO DE EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURA EN EL MARCO DE LA LEY 11340, DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO QUE OPERA LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL (PROVISIÓN-MATERIALES-BIENES-INSUMOS-DEC.847/11).
Decreto 956/2012

PRORROGA POR 180 DÍAS EL ESTADO DE EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURA, ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO, DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO QUE OPERA LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL, DECLARADO POR ART.1 DEL DEC.847/11.
Decreto 190/2012

PRORROGAR POR 180 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL 11/1/2012 EL ESTADO DE EMERGENCIA DEL SERVICIO PÚIBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO QUE OPERA LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL, QUE FUERA DECLARADO POR EL ART.1 DEL DEC.847/11.
Decreto 1138/2011

PRORROGAR LA INTERVENCIóN DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL DISPUESTA POR EL ART.1 DEL DEC.119/11,
Decreto 119/2011

INTERVENIR LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL POR EL TéRMINO DE 180 DíAS. DESIGNAR INTERVENTOR DE LA UNIDAD A ANTONIO MALTANA CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA EL ADMINISTRADOR GENERAL EN EL DEC.1151/04.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09