Decreto 110 B/2011
Fecha de promulgación: 27/12/2011
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial: 26775
Tipo de publicación: Integra
Resumen
PRORROGA POR 120 DíAS, A PARTIR DE SU VENCIMIENTO, EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART.3 DEL DEC.2530/10, PRORROGADO POR DEC.652/11, PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 13951.(RéGIMEN DE MEDIACIóN-CONFLICTOS JUDICIALES)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 110 B/2011
Norma | Resumen |
---|---|
Decreto 264/2012 | PRORROGA HASTA EL 14 DE MAYO DE 2012, EL PLAZO DEL ART.3 DEL DEC.2530/10, PRORROGADO POR DEC.652/11, Y N°110/11, PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 13951.(RÉGIMEN DE MEDIACIÓN-CONFLICTOS JUDICIALES) |
Decreto 2530/2010 | (DEROGADO POR DEC. 43/19) APROBAR LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 13951, RéGIMEN DE MEDIACIÓN. DESIGNAR AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN. |
Ley 13951 | ESTABLECE EL RéGIMEN DE MEDIACIóN COMO MéTODO ALTERNATIVO DE RESOLUCIóN DE CONFLICTOS JUDICIALES EN EL áMBITO DE LA PROVINCIA. CREA EL REGISTRO PROV.DE MEDIADORES.(MEDIACION CIVIL - COMERCIAL - OBLIGATORIA - VOLUNTARIA) |
Última actualizacion: 08/04/2024 15:04