Decreto 264/2012
Fecha de promulgación: 26/04/2012
Fecha de publicación: 17/05/2012
Número de Boletín Oficial: 26837
Tipo de publicación: Integra
Resumen
PRORROGA HASTA EL 14 DE MAYO DE 2012, EL PLAZO DEL ART.3 DEL DEC.2530/10, PRORROGADO POR DEC.652/11, Y N°110/11, PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 13951.(RÉGIMEN DE MEDIACIÓN-CONFLICTOS JUDICIALES)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 264/2012
Norma | Resumen |
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Decreto 110 B/2011 | PRORROGA POR 120 DíAS, A PARTIR DE SU VENCIMIENTO, EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART.3 DEL DEC.2530/10, PRORROGADO POR DEC.652/11, PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 13951.(RéGIMEN DE MEDIACIóN-CONFLICTOS JUDICIALES) |
Decreto 652/2011 | PRORROGAR POR 180 DíAS EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART.3 DEL DEC.2530/10, PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 13951.(RéGIMEN DE MEDIACIóN-CONFLICTOS JUDICIALES) |
Decreto 2530/2010 | (DEROGADO POR DEC. 43/19) APROBAR LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 13951, RéGIMEN DE MEDIACIÓN. DESIGNAR AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN. |
Ley 13951 | ESTABLECE EL RéGIMEN DE MEDIACIóN COMO MéTODO ALTERNATIVO DE RESOLUCIóN DE CONFLICTOS JUDICIALES EN EL áMBITO DE LA PROVINCIA. CREA EL REGISTRO PROV.DE MEDIADORES.(MEDIACION CIVIL - COMERCIAL - OBLIGATORIA - VOLUNTARIA) |
Última actualizacion: 12/09/2023 10:09