Decreto 4570/1988

Fecha de promulgación: 19/08/1988

Fecha de publicación: 20/09/1988

Número de Boletín Oficial: 21325

Tipo de publicación: Extractada

Resumen

ESTABLECE QUE EL LíMITE DISPUESTO EN EL ART. 7MO. DEL DEC. 1037/88, SERá INCREMENTADO HASTA SEPTIEMBRE DE 1988 INCLUSIVE, AL 4%.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 4570/1988
NormaResumen
Decreto 1037/1988

(DEC.786/91, ART.3, LIMITA SU APLICACIóN)REGIMEN HORARIO DE 40 HORAS SEMANALES DE LABOR AL PERSONAL INCLUIDO EN LA LEY 10430. AGENTES DEL ESTADO.

Última actualizacion: 25/04/2019 10:04