Decreto 6815/1986

Fecha de promulgación: 26/09/1986

Fecha de publicación: 03/11/1986

Número de Boletín Oficial: 20871

Tipo de publicación: Extractada

Resumen

ESTABLECE QUE LA RETRIBUCIóN POR ANTIGüEDAD FIJADA EN EL ARTíCULO 18 DE LA LEY 10328 SE DETERMINARá EN BASE AL SUELDO CLASE XII DEL RéGIMEN HORARIO QUE CORRESPONDA, POR CADA AñO DE SERVICIO.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 6815/1986
NormaResumen
Ley 10328

APRUEBA COMO ESTATUTO PARA EL PERSONAL PLANTA PERMANENTE DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA.(INGRESO-CARRERAS-TíTULO-REMUNERACIONES-VACANTES-REEMPLAZOS-COMPENSACIONES-INDEMNIZACIONES)

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09