Decreto 569/1980

Fecha de promulgación: 18/04/1980

Fecha de publicación:

Número de Boletín Oficial:

Tipo de publicación: Integra

Resumen

NINGUNA REPARTICIóN PROVINCIAL PODRá CONSTRUIR O LICITAR LA CONSTRUCCIóN DE OBRAS SI LOS PROYECTOS NO CUENTAN CON PLANOS APROBADOS POR EL MUNICIPIO PERTINENTE. (ORDENAMIENTO TERRITORIAL-MUNICIPAL-OBRAS PúBLICAS)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 569/1980
NormaResumen
Decreto-ley 8912/1977

NORMAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USO DEL SUELO. URBANIZACIÓN.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09