Decreto 10851/1945
Fecha de promulgación: 12/07/1945
Fecha de publicación: 21/07/1945
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADO POR DEC.25640/47) DECLARA QUE EL IMPUESTO DETERMINADO POR LA LEY 4198 NO ES APLICABLE A LAS VENTAS DE CERVEZA QUE REALIZAN LOS ESTABLECIMIENTOS QUE ELABORAN EL PRODUCTO.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 10851/1945
Norma | Resumen |
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Decreto 25640/1947 | REGLAMENTA LA LEY 5123 SOBRE IMPUESTO A LA VENTA Y EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. DEROGA EL DEC. 10851/45. |
Ley 4198 | (DEROGADA POR LEY 5122) LEY DE IMPUESTO AL COMERCIO E INDUSTRIAS. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09