DEROGADO POR DECRETO 25640/47

 

DECRETO 10851/45

 

Declara que el impuesto determinado por la Ley 4198 no es aplicable a las ventas de cerveza que realizan los establecimientos que elaboran el producto.

 

LA PLATA, 12 de JULIO de 1945. ­

 

VISTAS estas actuaciones, en las que la Cervecería Bieckert S. A., interpone recurso de apela­ción con motivo de la forma en que se aplica el impuesto que determina la Ley 4198, lo informa­do por la Dirección General de Rentas a fs. 12 y 13 y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Asesor de Gobierno y la vista que ante­cede del señor Fiscal de Estado,

 

EL INTERVEN­TOR FEDERAL,

 

DECRETA:

 

Declárase que el impuesto determinado por la Ley número 4198, no es de aplicación a las ventas necesarias de cerveza que rea­licen los establecimientos industriales que se dediquen, exclusivamente a la elabora­ción del referido producto.

 

Comuníquese, etc.