DEROGADO POR DECRETO 25640/47
DECRETO 10851/45
Declara que el impuesto determinado por la Ley 4198 no es aplicable a las ventas de cerveza que realizan los establecimientos que elaboran el producto.
LA PLATA, 12 de JULIO de 1945.
VISTAS estas actuaciones, en las que la Cervecería Bieckert S. A., interpone recurso de apelación con motivo de la forma en que se aplica el impuesto que determina la Ley 4198, lo informado por la Dirección General de Rentas a fs. 12 y 13 y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Asesor de Gobierno y la vista que antecede del señor Fiscal de Estado,
EL INTERVENTOR FEDERAL,
DECRETA:
Declárase que el impuesto determinado por la Ley número 4198, no es de aplicación a las ventas necesarias de cerveza que realicen los establecimientos industriales que se dediquen, exclusivamente a la elaboración del referido producto.
Comuníquese, etc.