Resolución 58/2024

del Ministerio de Transporte

Fecha de promulgación: 27/02/2024

Fecha de publicación: 29/02/2024

Número de Boletín Oficial: 29701

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Establece que los Centros de Emisión de Licencias de Conducir que carezcan de insumos para la impresión de Licencias Nacionales de Conducir deberán extender un “Certificado de Trámite Aprobado” (habilita circulación: Licencia Nacional de Conducir en formato digital junto con el certificado - plazo: 30/03/2024).

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
NombreDescripción
Anexo Ùnicofile_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 58/2024
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 20 B/2023 del Ministerio de Transporte29/12/2023Establece con carácter excepcional, un “Certificado de Trámite Aprobado” a aquellos ciudadanos que hubieran finalizado el trámite correspondiente para la emisión de su licencia de conducir. La portación del mencionado certificado, conjuntamente con la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, obtenida a través de la aplicación MI ARGENTINA en un dispositivo móvil, habilitará la circulación hasta el plazo máximo del 31 de enero de 2024.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 58/2024
Ninguna.

Última actualizacion: 29/02/2024 12:02