Resolución 58/2024
del Ministerio de Transporte
Fecha de promulgación: 27/02/2024
Fecha de publicación: 29/02/2024
Número de Boletín Oficial: 29701
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establece que los Centros de Emisión de Licencias de Conducir que carezcan de insumos para la impresión de Licencias Nacionales de Conducir deberán extender un “Certificado de Trámite Aprobado” (habilita circulación: Licencia Nacional de Conducir en formato digital junto con el certificado - plazo: 30/03/2024).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo Ùnico | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 58/2024
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Resolución 20 B/2023 del Ministerio de Transporte | 29/12/2023 | Establece con carácter excepcional, un “Certificado de Trámite Aprobado” a aquellos ciudadanos que hubieran finalizado el trámite correspondiente para la emisión de su licencia de conducir. La portación del mencionado certificado, conjuntamente con la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, obtenida a través de la aplicación MI ARGENTINA en un dispositivo móvil, habilitará la circulación hasta el plazo máximo del 31 de enero de 2024. |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 58/2024
Ninguna.Última actualizacion: 29/02/2024 12:02