Resolución 194/2023
del Ministerio de Transporte
Fecha de promulgación: 24/07/2023
Fecha de publicación: 28/07/2023
Número de Boletín Oficial: 29556
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establece que las empresas de servicios de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal, de carácter urbano e interurbano de media distancia que circulan dentro de los límites que determinan el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), deberán dar cumplimiento al trámite de “ALTA DE MONITOREO” de acuerdo al Procedimiento establecido en el "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN- IMPLEMENTACIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD". Aprueba el modelo de Acta de Comprobación de infracciones (Ley 14897 - medidas de seguridad – colectivo).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo I | file_downloadDescargar anexo | |
Anexo II | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 194/2023
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Decreto 342/2018 | 27/04/2018 | APRUEBA LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 14897 SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LOS TRANSPORTES COLECTIVO DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN PROVINCIAL Y MUNICIPAL. (CÁMARAS DE SEGURIDAD EN EL INTERIOR DE CADA VEHÍCULO-VIDEOCáMARAS-INFRACCIONES) |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 194/2023
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución 88/2024 del Ministerio de Transporte | 08/04/2024 | Suspende por 180 dias el plazo previsto en los articulos 2° y 4° de la resolución 194/2023. La medida no será de aplicacion cuando se trate de solicitudes de alta de vehículos 0 KM, en cuyo caso debera cumplimentarse el "Alta de Monitoreo" conforme el articulo 1°. |
Última actualizacion: 31/07/2023 15:07