Resolución 1469/2022
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 03/05/2022
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establecer que los requerimientos de las organizaciones religiosas que coordinen peregrinaciones masivas y que soliciten intervención y apoyo estatal, deberán ser presentados ante la Dirección de Cultos, con una antelación mínima de 60 (sesenta) días previos al desarrollo del evento. Cualquier pedido presentado con menor plazo, podrá no ser atendido por los organismos estatales pertinentes. Las solicitudes de peregrinaciones masivas deberán confeccionarse de acuerdo a las formas establecidas en el ANEXO I. Créase el procedimiento de actuación ante la solicitud de acompañamiento a peregrinaciones masivas que se realizan en territorio de la Provincia de Buenos Aires, el cual se regirá por las pautas establecidas en el ANEXO II.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
| Nombre | Descripción | |
|---|---|---|
| ANEXO I | Especificaciones para la solicitud de requerimientos | file_downloadDescargar anexo |
| ANEXO II | Procedimiento de actuación | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 1469/2022
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Resolución 1469/2022
Ninguna.Última actualizacion: 09/05/2022 09:05

