Resolución 1469/2022

del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Fecha de promulgación: 03/05/2022

Fecha de publicación:

Número de Boletín Oficial:

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Establecer que los requerimientos de las organizaciones religiosas que coordinen peregrinaciones masivas y que soliciten intervención y apoyo estatal, deberán ser presentados ante la Dirección de Cultos, con una antelación mínima de 60 (sesenta) días previos al desarrollo del evento. Cualquier pedido presentado con menor plazo, podrá no ser atendido por los organismos estatales pertinentes. Las solicitudes de peregrinaciones masivas deberán confeccionarse de acuerdo a las formas establecidas en el ANEXO I. Créase el procedimiento de actuación ante la solicitud de acompañamiento a peregrinaciones masivas que se realizan en territorio de la Provincia de Buenos Aires, el cual se regirá por las pautas establecidas en el ANEXO II.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
NombreDescripción
ANEXO IEspecificaciones para la solicitud de requerimientosfile_downloadDescargar anexo
ANEXO IIProcedimiento de actuación file_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 1469/2022
Ninguna.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 1469/2022
Ninguna.

Última actualizacion: 09/05/2022 09:05