Resolución 145/2022
de la Junta Electoral
Fecha de promulgación: 18/02/2022
Fecha de publicación: 24/02/2022
Número de Boletín Oficial: 29210
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(Resolución Técnica) Los apoderados de todas las asociaciones políticas deberán utilizar el sistema de Firma Digital mediante dispositivos criptográficos o token, para las presentaciones que deban efectuarse ante esta Junta Electoral, en el marco de la Ley Provincial 13666 de Firma Digital, reglamentada por decreto 305/12, modificado por decreto 341/16. (Firma digital- Excepciones- Sistema de Presentaciones Digitales)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 145/2022
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Ley 13666 | 15/05/2007 | ADHIERE A LA LEY NACIONAL 25506, “LEY DE FIRMA DIGITAL” EN LOS TÉRMINOS DEL ART.50° DE DICHO CUERPO LEGAL, EN SUS CAPÍTULOS I A IV, V EN SU ART.26°, VII, IX. |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 145/2022
Ninguna.Última actualizacion: 24/02/2022 09:02