Resolución 113/2022

del Ministerio de Hacienda y Finanzas

Fecha de promulgación: 17/02/2022

Fecha de publicación: 21/02/2022

Número de Boletín Oficial: 29207

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(PRORROGADA POR RESOLUCIÓN 623/2022 MHYF) Aprueba el procedimiento para la inscripción y baja de las entidades previstas en el artículo 3° del Decreto N° 988/21, el Modelo de Nota de Solicitud, de Pedido de Certificación de Haberes y de Declaración de Confidencialidad. Aprobar el Procedimiento para la aplicación de sanciones. Prorrogar el plazo previsto en el artículo 17 del Decreto Nº 988/21. Derogar las Resoluciones N° 273/18, N°107/19 y N°108/19 (Registro Único de Códigos de Descuento).

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
NombreDescripción
Anexo I Procedimiento para la inscripción y baja de las entidadesfile_downloadDescargar anexo
Anexo IIModelo Nota de solicitudfile_downloadDescargar anexo
Anexo IIIModelo de Pedido Certificación de haberesfile_downloadDescargar anexo
Anexo IVModelo de Declaración de Confidencialidadfile_downloadDescargar anexo
Anexo VProcedimiento para la aplicación de sancionesfile_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 113/2022
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Decreto 988/2021 16/11/2021 APRUEBA EL MARCO REGULATORIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL "RÉGIMEN ÚNICO DE CÓDIGOS DE DESCUENTO" Y DESIGNA AL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE DICHO RÉGIMEN. CREA EL REGISTRO ÚNICO DE CÓDIGOS DE DESCUENTO. DEROGA EL DECRETO 243/18 (REF. LIQUIDACIÓN DE HABERES - DEDUCCIONES - DESCUENTOS - QUITAS).
Deroga a Resolución 273/2018 del Ministerio de Economía21/06/2018(DEROGADA POR RESOLUCIÓN N° 113/2022 DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS) PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIóN Y BAJA DE ENTIDADES EN EL REGISTRO ÚNICO DE CóDIGOS DE DESCUENTO, PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIóN DE SANCIONES - CERTIFICACIóN DE HABERES.
Deroga a Resolución 107/2019 del Ministerio de Economía28/03/2019(DEROGADA POR RESOLUCIÓN N° 113/2022 DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS) Las asociaciones gremiales con personería gremial, las mutuales y las obras sociales que ofrezcan servicios de naturaleza social o comunitaria a sus afiliados y/o asociados podrán cobrar el costo correspondiente de los mismos mediante el código de descuento
Deroga a Resolución 108/2019 del Ministerio de Economía27/02/2019(DEROGADA POR RESOLUCIÓN N° 113/2022 DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS) Requisitos a cumplimentar por las entidades previstas en el artículo 3° del Decreto 243/18 (Mutuales; Cooperativas; Obras sociales; Entidades de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada; Asociaciones gremiales con personería gremial; Compañías de seguros de vida; Asociaciones civiles legalmente constituidas, cuyo objeto sea prestar servicios sociales a los agentes públicos). “Régimen Único de Códigos de Descuento”
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 113/2022
NormaFecha de publicaciónResumen
Prorrogada por Resolución 363/2022 del Ministerio de Hacienda y Finanzas 07/06/2022Prorroga por 90 días el plazo previsto en el artículo 17 de la Resolución 113/222 del Ministerio de Hacienda y Finanzas (ref. “Régimen Único de Códigos de Descuento”).
Complementada por Resolución conjunta 7/2024 del Ministerio de Economia- Ministerio de Trabajo16/04/2024Autoriza a la Asociación Mutual “Quantum” de Profesionales y Técnicos a operar mediante el Régimen Único de Códigos de Descuento establecido en la Dirección General de Cultura y Educación.

Última actualizacion: 12/10/2022 15:10