Resolución 1533/2021

del Ministerio de Salud

Fecha de promulgación: 03/05/2021

Fecha de publicación: 05/05/2021

Número de Boletín Oficial: 29008

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Prohibir la venta de productos para test rápidos de COVID-19 en Farmacias de la Provincia de Buenos Aires y dejar establecido que son de uso profesional exclusivo y excluyente, y deben realizarse en Laboratorios de Análisis Clínicos habilitados (Pruebas rápidas de Antígeno Covid-19 - test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2-test serológico-Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud, SNVS - Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina, SISA - ficha única del ciudadano).

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 1533/2021
Ninguna.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 1533/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 434/2022 del Ministerio de Salud03/02/2022Deja sin efecto la prohibición establecida en el artículo 1 de la Resolución 1533/2021 del Ministerio de Salud. Aprueba el documento "Procedimiento para el reporte del uso y la notificación del resultado de los Test individuales de autoevaluación para la detección de SARS-CoV-2 (COVID-19)".
Dejada sin efecto por Resolución 434/2023 del Ministerio de SaludDeja sin efecto la prohibición establecida en el ARTÍCULO 1 de la Resolución N° 1533/2021 MSAL. Ref: Aprueba el documento “PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DEL USO Y LA NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE LOS TEST INDIVIDUALES DE AUTOEVALUACIÓN PARA LA DETECCIÓN DE SARS-CoV-2 (COVID-19)”.

Última actualizacion: 03/02/2022 13:02