Resolución 1533/2021
del Ministerio de Salud
Fecha de promulgación: 03/05/2021
Fecha de publicación: 05/05/2021
Número de Boletín Oficial: 29008
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Prohibir la venta de productos para test rápidos de COVID-19 en Farmacias de la Provincia de Buenos Aires y dejar establecido que son de uso profesional exclusivo y excluyente, y deben realizarse en Laboratorios de Análisis Clínicos habilitados (Pruebas rápidas de Antígeno Covid-19 - test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2-test serológico-Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud, SNVS - Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina, SISA - ficha única del ciudadano).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 1533/2021
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Resolución 1533/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución 434/2022 del Ministerio de Salud | 03/02/2022 | Deja sin efecto la prohibición establecida en el artículo 1 de la Resolución 1533/2021 del Ministerio de Salud. Aprueba el documento "Procedimiento para el reporte del uso y la notificación del resultado de los Test individuales de autoevaluación para la detección de SARS-CoV-2 (COVID-19)". |
Dejada sin efecto por Resolución 434/2023 del Ministerio de Salud | Deja sin efecto la prohibición establecida en el ARTÍCULO 1 de la Resolución N° 1533/2021 MSAL. Ref: Aprueba el documento “PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DEL USO Y LA NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE LOS TEST INDIVIDUALES DE AUTOEVALUACIÓN PARA LA DETECCIÓN DE SARS-CoV-2 (COVID-19)”. |
Última actualizacion: 03/02/2022 13:02