Resolución 134/2021

del Ministerio de Desarrollo Agrario

Fecha de promulgación: 29/07/2021

Fecha de publicación: 06/08/2021

Número de Boletín Oficial: 29071

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Prorrogar el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario con carácter individual, para las explotaciones rurales afectadas por inundaciones y/o secuelas del partido de Trenque Lauquen, por el período 01/01/19 al 31/12/19. Las productoras y productores rurales cuyas explotaciones se encuentren en las circunscripciones del partido mencionado y fecha indicadas precedentemente, deberán presentar las declaraciones juradas.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
NombreDescripción
Anexo Listado de productores afectados por inundaciones y/o secuelasfile_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 134/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 309/2019 del Ministerio de Agroindustria02/03/2020Declara el estado de Emergencia Agropecuaria con carácter individual para los productores, a los fines de la Ley Nº 10.390 y modificatorias, para las explotaciones rurales afectadas por inundaciones del partido de General Villegas y Prorroga dicha emergencia en el partido de Trenque Lauquen, por el período 01/01/19 al 31/12/19 en ambas localidades.
Complementa a Resolución 6/2019 del Ministerio de Agroindustria13/02/2019PRORROGAR EL ESTADO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO, PARA LAS EXPLOTACIONES RURALES AFECTADAS POR INUNDACIONES Y/O SECUELAS DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 134/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Decreto 490/2022 20/05/2022Otorga una Excención del Impuesto Inmobiliario a los productores rurales afectados por inundaciones y/o secuelas, en los partidos de Trenque Lauquen y General Villegas, respecto de las explotaciones alcanzadas por las declaraciones de Emergencia efectuadas por las Resoluciones 134/21 y 135/21 del Ministerio de Desarrollo Agrario.

Última actualizacion: 06/08/2021 10:08