Resolución 1133/2021

de la Suprema Corte de Justicia

Fecha de promulgación: 07/08/2021

Fecha de publicación: 11/08/2021

Número de Boletín Oficial: 29074

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Establecer, hasta el 1° de octubre del corriente inclusive, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la justicia de paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, incorporando a los esquemas de organización del trabajo en orden a la prestación de tareas presenciales al personal. Derogar la Resolución de Presidente Nº 166/20, así como el inciso "c'' del artículo 3 de la Resolución Nº 761/21. (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- Tareas Presenciales- Vacunación)

Observaciones

(Sección Jurisprudencia)

Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 1133/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Deroga a Resolución 166/2020 de la Suprema Corte de Justicia31/03/2020(DEROGADA POR RESOLUCIÓN 1133/2021 SCBA) Medidas para los agentes o funcionarios judiciales que sean progenitores, progenitoras o persona adulta responsable a cargo del cuidado del niño, niña o adolescente, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas, debiendo llevar a cabo las tareas que le fueran asignadas desde sus hogares. (Covid 19 -coronavirus).
Deroga parcialmente a Resolución 761/2021 de la Suprema Corte de Justicia03/06/2021Establecer, hasta el 11 de junio del corriente inclusive, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la justicia de paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha. (Medidas sanitarias- Uso de herramientas tecnológicas- Turnos- WhatsApp -Coronavirus- COVID-19- Pandemia).
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 1133/2021
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 1651/2021 de la Suprema Corte de Justicia05/10/2021Restablecer la presencialidad del personal de la Administración de Justicia con el alcance que resulta de la presente y las normas concordantes. Dejar sin efecto la dispensa reconocida en el artículo 4 de la Resolución de Corte N° 1133/21.

Última actualizacion: 12/08/2021 08:08