Resolución 1/2021
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 09/01/2021
Fecha de publicación: 10/01/2021
Número de Boletín Oficial: 28930
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADA POR RESOLUCION 138/2021 MJGM) Aprobar el cuadro de actividades habilitadas en aquellos municipios incluidos en la FASE 3, 4 y 5 del sistema de fases establecido por la Resolución 4391/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. Establecer limitaciones de horario entre las 1 y las 6 hs., de reunión máximo 10 personas y servicio público de transporte de pasajeros urbano, sólo para esenciales. (restricciones - actividades exceptuadas - emergencia sanitaria - COVID 19 - coronavirus).
Observaciones
Publicado en Suplemento.
Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo I | Cuadro de actividades comprendidas es fases 3, 4 y 5 | file_downloadDescargar anexo |
Anexo II | Listado de Municipios | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 1/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Resolución 4391/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 29/12/2020 | (DEROGADA POR RESOLUCIÓN 137/2021 MJGM)Establece que las actividades y servicios habilitados en el marco de las medidas de “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” y de “Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio” en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, estarán sujetas a un sistema de fases, en el cual los municipios se encontrarán incluidos en virtud de la situación sanitaria y epidemiológica que presenten. Deroga la resolución 3264/2020 MJGM. (EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - CORONAVIRUS) |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 1/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución 4/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 13/01/2021 | Aprueba el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución N° 4391/2020 Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. Establece que la restricción dispuesta por los artículos 3, 4 y 6 de la Resolución N° 1/2021 MJGM se aplicará a aquellos municipios que, se encuentren comprendidos en FASE 3 y 4. (Emergencia Sanitaria- COVID 19-Pandemia) |
Complementada por Resolución 19/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 21/01/2021 | Aprueba el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución N° 4391/2020 MJGM. Establecer que la restricción dispuesta por los artículos 3°, 4° y 6° de la Resolución N° 1/2021 MJGM se aplicará a aquellos municipios que se encuentren comprendidos en FASE 3 y 4. (COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA) |
Complementada por Resolución 80/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 28/01/2021 | Aprueba el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución N° 4391/2020 MJGM. Establece que la restricción dispuesta por los artículos 3°, 4° y 6° de la Resolución N° 1/2021 MJGM se aplicará a aquellos municipios que se encuentren comprendidos en FASE 3 y 4. (COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA) |
Derogada por Resolución 138/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 04/02/2021 | (DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN 372/21 MJGM) Establece, en los municipios incluidos en las fases 3 y 4 del sistema de fases aprobado por la Resolución 137/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, una restricción en el desarrollo de las actividades autorizadas para cada fase. Establece limitaciones de horario entre las 2 y las 6 hs., de reunión máximo 10 personas y servicio público de transporte de pasajeros urbano, sólo para esenciales. Las medidas dispuestas regiran hasta el día 28 de febrero de 2021. Deroga la Resolución N° 1/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. (restricciones - actividades exceptuadas - emergencia sanitaria - COVID 19 - coronavirus). |
Complementada por Resolución 25/2021 de la Presidencia del Instituto Provincial de Lotería y Casinos | Establecer, de conformidad a la Resolución Nº 1/2021 y sus Anexos I y II, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir del día 11 de enero de 2021 hasta el 31 de enero de 2021, una restricción horaria de todas las actividades que explota y administra este Instituto, en el horario de 01:00 horas a 06:00 horas de cada día, en aquellos municipios incluidos en las FASES 3 y 4. |
Última actualizacion: 26/02/2021 12:02