Resolución 65/2020
de la Presidencia del Honorable Tribunal de Cuentas
Fecha de promulgación: 20/07/2020
Fecha de publicación: 21/07/2020
Número de Boletín Oficial: 28814
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Prorrogar los plazos previstos en los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución N° 04/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas hasta el día 2 de agosto de 2020 inclusive. Mantener la vigencia de las medidas dispuestas por los artículos 2° y 3° de la Resolución de Presidencia N° 34/20, por el período de tiempo comprendido en esta Resolución. Lo dispuesto no afecta la continuidad de la prestación de servicios a distancia bajo la modalidad de trabajo domiciliario o remoto, conforme a las instrucciones que imparta el titular de la unidad estructural respectiva. (Coronavirus-COVID-19-Pandemia)-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 65/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
---|---|---|
Prorroga a Resolución 4/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas | 20/03/2020 | (Resolución AG). Dispensar al personal del Honorable Tribunal de Cuentas del deber de asistencia a su lugar de trabajo, del día 19 de marzo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020. Establece un plantel de Guardias Mínimas, asegurando la prestación de los servicios básicos y esenciales. Dispone la suspensión de los términos y plazos procedimentales. (Pandemia - Coronavirus - Covid-19 - Emergencia Sanitaria - Trabajo Domiciliario - Prevencion - Aislamiento Social) |
Complementa a Ley 10869 | 05/01/1990 | ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS. |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 65/2020
Ninguna.Última actualizacion: 21/07/2020 08:07