Resolución 65/2020
del Ministerio de Salud
Fecha de promulgación: 15/01/2020
Fecha de publicación: 21/01/2020
Número de Boletín Oficial: 28691
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Deja establecido que todas las prestaciones brindadas a la población sin cobertura de salud por los Hospitales, Programas Sanitarios, Agentes de Salud, Instituciones, Centros de Dispensación de Medicamentos, Centros de Trasplantes, Bancos de Drogas y todo ente dependiente del Ministerio de Salud, deben ser brindadas de igual modo a los afiliados al Programa Federal Incluir Salud. (Medicamentos-Banco de drogas-Transplantes)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 65/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Decreto 180 E/2017 | 28/06/2017 | APROBAR CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV.DE BS.AS. Y EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIóN- ATENCIóN MéDICA INTEGRAL A BENEFICIARIOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 65/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución 2886/2020 del Ministerio de Salud | 04/01/2021 | Aprobar el “Convenio Modelo de Radioterapia”. (Promover la inclusión de programas de prevención y control de cáncer en los diferentes municipios y fortalecer los recursos necesarios para su implementación, disminuyendo los factores de riesgo) - (Ministerio de Salud) - |
Última actualizacion: 21/01/2020 06:01