Resolución 58/2020

de la Presidencia del Honorable Tribunal de Cuentas

Fecha de promulgación: 29/06/2020

Fecha de publicación: 30/06/2020

Número de Boletín Oficial: 28801

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Prorroga los plazos previstos en los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución N° 04/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive. Mantiene la vigencia de las medidas dispuestas por los artículos 2° y 3° de la Resolución de Presidencia N° 34/20. -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 58/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Prorroga a Resolución 4/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas20/03/2020(Resolución AG). Dispensar al personal del Honorable Tribunal de Cuentas del deber de asistencia a su lugar de trabajo, del día 19 de marzo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2020. Establece un plantel de Guardias Mínimas, asegurando la prestación de los servicios básicos y esenciales. Dispone la suspensión de los términos y plazos procedimentales. (Pandemia - Coronavirus - Covid-19 - Emergencia Sanitaria - Trabajo Domiciliario - Prevencion - Aislamiento Social)
Complementa a Resolución 34/2020 de la Presidencia del Honorable Tribunal de Cuentas02/04/2020Prorroga los plazos previstos en la Resolución 04/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas. Dispensar de concurrir a su lugar de trabajo al Plantel de Guardias Mínimas, aplicándose la modalidad de trabajo domiciliario o remoto, cuando ello fuera posible. (Coronavirus (COVID-19)-Pandemia.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 58/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 30/06/2020 20:06