Resolución 575/2020
del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
Fecha de promulgación: 19/08/2020
Fecha de publicación: 24/08/2020
Número de Boletín Oficial: 28837
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establece que los usuarios de las categorías tarifarias de BAJA TENSIÓN (T2, T3, T5 y T6) y de MEDIA TENSIÓN menor a 300 kw (T2, T3, T5 y T6), que hayan sufrido a partir del 20 de marzo del corriente la reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50%) o más en su demanda de potencia, se encuentran facultados para suspender el pago o realizar pagos parciales a cuenta de la potencia contratada hasta que la recuperación de la demanda alcance el SETENTA POR CIENTO (70%)- manteniéndose la obligación de pago del resto de los cargos. Encomendar al Organismo de Control de Energía de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) la implementación y verificación, por parte de los distribuidores provinciales y municipales de acuerdo a la información que reciba del Ministerio de la Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires. (Reconexión- Electricidad- Recategorización- Potencial de Suministro-Tarifas-Facturación- Beneficios) -Coronavirus-COVID-19-Pandemia- (Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 575/2020
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Resolución 575/2020
Ninguna.Última actualizacion: 29/08/2020 13:08