Resolución 42/2020

de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)

Fecha de promulgación: 15/07/2020

Fecha de publicación: 17/07/2020

Número de Boletín Oficial: 28812

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(Resolución Normativa) Extender hasta el día 30 de septiembre de 2020, inclusive, el plazo para efectuar acogimientos al régimen de regularización de deudas, previsto en el artículo 1º de la Resolución Normativa Nº 8/2020 y modificatorias. comenzará a regir a partir del día 1° de agosto de 2020, inclusive.(Sector Agropecuario-Industria-Minería-Comercio-Servicios-Pagos-Financiación) -Coronavirus- COVID-19-Pandemia- (ARBA)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 42/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Prorroga a Resolución 8/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)02/03/2020(RESOLUCIÓN NORMATIVA) ESTABLECE RÉGIMEN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS DEUDAS PROVENIENTES DE LOS IMPUESTOS INMOBILIARIO BÁSICO Y COMPLEMENTARIO, A LOS AUTOMOTORES -CON EXCEPCIÓN DE LAS EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREACIÓN-, SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y DE SELLOS, ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO IV DE LA LEY Nº 15165. (FECHA DE VENCIMIENTO 2019/ 2020)
Complementa a Resolución 29/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)01/06/2020(Resolución Normativa) Extender hasta el día 31 de julio de 2020, inclusive, el plazo para efectuar acogimientos al régimen de regularización de deudas, previsto en el artículo 1º de la Resolución Normativa Nº 8/2020. (Impuestos Inmobiliarios-Ingresos Brutos-Automotores) -(ARBA) -Coronavirus COVID-19- Pandemia-
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 42/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 65/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)28/09/2020(Resolución Normativa) Extiende hasta el día 31 de diciembre de 2020, inclusive, el plazo para efectuar acogimientos al régimen de regularización de deudas, previsto en el artículo 1º de la Resolución Normativa Nº 8/2020 y modificatorias. Comenzará a regir a partir del día 1° de octubre de 2020, inclusive. -Coronavirus-COVID-19-Pandemia- (ARBA)

Última actualizacion: 13/07/2021 12:07