Resolución 412/2020
del Ministerio de Salud
Fecha de promulgación: 11/03/2020
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Suspender temporalmente a partir de la fecha, el otorgamiento de las licencias y permisos, para todo el personal dependiente del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires cualquiera sea el régimen estatutario al que pertenezcan, en función de las epidemias en curso de dengue, sarampión, y coronavirus. Interrumpir las licencias que a la fecha se hallan concedidas y que aún no han sido iniciadas, en los términos del artículo 40 de la Ley N° 10.430. (Descanso Anual- Vacaciones) - (COVID-19)- Pandemia- Emergencia Sanitaria-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 412/2020
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Resolución 412/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Ampliada por Resolución conjunta 155/2020 del Ministerio de Salud y el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 11/12/2020 | (Firma Conjunta) Determinar la posibilidad de otorgar al personal dependiente del Ministerio de Salud, cualquiera sea el régimen estatutario al que pertenezca, así como a quienes se desempeñan bajo el sistema de Residencias Profesionales y Becarios en la citada Cartera, y que se encuentren alcanzados por la suspensión temporal de las licencias y permisos en los términos de la Resolución N° 412/2020 del Ministerio de Salud, un “Descanso Excepcional COVID-19” consistente en la dispensa de prestar labores, tanto presenciales como de carácter remoto, por el termino máximo de doce (12) días corridos, el cual podrá fraccionarse hasta en dos (2) períodos, sin afectar la percepción de las remuneraciones normales, ni los adicionales que por Ley o Convenio le correspondiere percibir. El nombrado descanso podrá ser interrumpido de manera inmediata por razones de servicio en cualquier estadio, por la autoridad que haya dispuesto su otorgamiento, pudiéndose hacer uso del remanente de días, una vez finalizada la causal de interrupción del descanso.-Coronavirus- Pandemia- |
Complementada por Resolución 657/2021 del Ministerio de Salud | Excluir de la suspensión establecida en el artículo 1° de la RESO-412-2020-MSALGP, la licencia anual complementaria prevista en el artículo 35 de la Ley N° 10.471. (Descanso Anual- Vacaciones) -Coronavirus- COVID.19- Pandemia- | |
Complementada por Resolución 909/2021 del Ministerio de Salud | Excluir de la suspensión establecida en el artículo 1° de la Resolución 412/2020 MS la licencia anual ordinaria invernal de siete días corridos del año 2020 y adelantar la correspondiente al año 2021. La medida implementada por la presente, será de aplicación mientras se encuentre vigente el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, establecida en el Decreto 132/2020 y sus prórrogas. | |
Complementada por Resolución 2616/2021 del Ministerio de Salud | 16/07/2021 | Excluir de la suspensión establecida en el artículo 1° de la Resolución 412/2020 del Ministerio de Salud, la licencia anual ordinaria de veintiocho (28) días corridos del año 2021, sólo respecto de los/as residentes de 3º, 4º, 5º año que egresen en el año 2021, según cada especialidad, y Jefes/as de residentes con beca exclusiva de residencia. (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria) |
Dejada sin efecto por Resolución 3998/2021 del Ministerio de Salud | Dejar sin efecto las Resolución 412/2020 MS 657/2021 MS, 909/2021 MS y 2621/2021 MS, ref: Suspende temporalmente a partir de la fecha, el otorgamiento de las licencias y permisos, para todo el personal dependiente del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires. Determinar que quienes ejerzan las funciones directivas en las distintas dependencias del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. |
Última actualizacion: 11/12/2020 10:12