Resolución 36/2020

del Ministerio de Desarrollo Agrario

Fecha de promulgación: 19/03/2020

Fecha de publicación: 23/03/2020

Número de Boletín Oficial: 28736

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(Prorrogada por Resolución 75/2020). Prorrogar la autorización para movimientos de hacienda de aquellos Boletos de marca y/o señal que se encuentren dentro del plazo de gracia para su renovación, hasta el 30 de abril de 2020. Otorgar validez a aquellas guías de traslado de hacienda canalizadas por los Municipios a través de los diversos medios informáticos y electrónicos implementados en virtud del trabajo domiciliario. (Ganado). Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-.

Observaciones

(Suplemento)

Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 36/2020
Ninguna.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 36/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Prorrogada por Resolución 68/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario04/05/2020(Prorrogada por Resolución 89/2020)-(Prorrogada por Resolución 75/2020). Prorroga la vigencia de las Resoluciones N° 36, 39, 40, 47 y 63 todas del año 2020, hasta el día 31 de mayo de 2020 inclusive. ( Actividades de la producción agroalimentaria)- (Coronavirus -COVID-19 -Pandemia)
Prorrogada por Resolución 75/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario02/06/2020Prorrogar hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, la vigencia de las Resoluciones 36/20, 39/20, 40/20, 47/20 y 63/20, que fueran oportunamente prorrogadas por la Resolución 68/20. (Pesca- Ganado-Transporte de Carga Agroalimentaria)- Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-
Ampliada por Resolución 1/2021 del Ministerio de Desarrollo Agrario25/01/2021Ampliar los plazos de la Resolución 36/20 del Ministerio de Desarrollo Agrario y sus prórrogas, otorgando validez, desde el 1 de enero de 2021 y hasta el 30 de junio de 2021 inclusive, a las Guías Únicas de traslado de hacienda expedidas mediante el sistema de emisión de guías ganaderas provincial. (Documento Único de Traslado (DUT) - soportes informáticos y/o electrónicos - trabajo domiciliario - emergencia sanitaria - covid 19).
Ampliada por Resolución 130/2021 del Ministerio de Desarrollo Agrario29/07/2021Otorgar validez, desde el 1 de julio de 2021 y hasta el 31 de enero de 2022 inclusive, a las Guías Únicas de traslado de hacienda expedidas mediante el sistema de emisión de guías ganaderas provincial, que sean transmitidas por los Municipios a los interesados a través de los diversos medios y/o soportes informáticos y/o electrónicos implementados en virtud del trabajo domiciliario dispuesto en marco de estado de emergencia sanitaria. La medida establecida, no suple la observancia del resto de las obligaciones y requisitos estipulados en el Código Rural, aprobado por el Decreto-Ley N° 10.081/83 y sus modificatorias, y la Ley N° 10.891 y sus normas complementarias. ( Agricultura, Ganadería y Pesca - Carne Vacuna, Aviar, Porcina y Otros) -coronavirus- COVID-19- Pandemia-

Última actualizacion: 23/08/2021 11:08