Resolución 271/2008
del Honorable Tribunal de Cuentas
Fecha de promulgación: 26/05/2008
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Establece la obligación de presentar para su rúbrica anual el Inventario de Bienes Físicos de Dominio Privado y el Registro de Bienes de Dominio Público dispuesta en el articulo cuarto de la Resolución 691/07 , solamente regirá para el primer ejercicio en el cual el municipio presente la rendición de cuentas a través del Sistema RAFAM.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Resolución 271/2008
Norma | Resumen |
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Resolución 691/2007 del Honorable Tribunal de Cuentas | Procedimiento de rúbrica de los municipios - sistema RAFAM, a partir del ejercicio 2008 (balances - rendición de cuentas -Administración financiera municipal). |
Última actualizacion: 07/09/2021 09:09