Resolución 15/2008

del Ministerio de Justicia

Fecha de promulgación: 15/01/2008

Fecha de publicación: 21/02/2008

Número de Boletín Oficial: 25845

Tipo de publicación: Integra

Resumen

ESTABLECER EL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO DE LAS SOCIEDADES Y ASOCIACIONES INSCRIPTAS ANTE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS O ANTE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE COMERCIO.(REGISTRACION - PADRON)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Resolución 15/2008
NormaResumen
Disposición 70/2008

del Ministerio de Justicia

PRORROGA EL PLAZO DE VENCIMIENTO, DEL REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES Y ASOCIACIONES CIVILES, DISPUESTO POR DISP. N° 005/08 EN CUMPLIMIENTO DE LA RES. N° 15/08 DEL MINISTERIO DE JUSTICIA. VENCERÁ EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2008.
Disposición 9/2008

del Ministerio de Justicia

REF: ACLARA LA TASA FISCAL POR REEMPADRONAMIENTO A QUE REFIERE EL AR.6 DE LA DISP.5/08. (PERSONAS JURIDICAS - ASOCIACIONES - SOCIEDADES)
Disposición 5/2008

DETERMINAR QUE EL PLAZO DE REEMPADRONAMIENTO EN LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS COMENZARÁ EL 3/3/08 Y SE EXTENDERÁ DURANTE 120 DÍAS. (REF: RES.5/08 - SOCIEDADES - ASOCIACIONES)
Decreto-ley 8671/1976

POLICÍA EN MATERIA SOCIETARIA. PERSONAS JURÍDICAS. DEROGA LA LEY 5742.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09