Ley 4819
Fecha de promulgación: 17/09/1942
Fecha de publicación: 23/09/1942
Número de Boletín Oficial: 9378
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECE QUE EN EL PLIEGO DE LICITACIÓN DE TODA OBRA QUE DEBA REALIZARSE EN LA PROVINCIA CONFORME LAS LEYES 3405 Y 3782 -DE PAVIMENTACIÓN-, EL PODER EJECUTIVO Y LAS MUNICIPALIDADES IMPONDRÁN LA OBLIGACION A LOS CONTRATISTAS DE UTILIZAR PIEDRA Y ARENA.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 4819
Norma | Resumen |
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Ley 3782 | (DEROGADA POR LEY 5139) MODIFICACIONES A LA LEY 3405 DE BONOS DE PAVIMENTACION. |
Ley 3405 | (DEROGADA POR LEY 5139)AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA A EMITIR BONOS DE PAVIMENTACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09