Disposición 8/2020
de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
Fecha de promulgación: 27/04/2020
Fecha de publicación: 28/04/2020
Número de Boletín Oficial: 28759
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Adherir a los alcances de la Disposición Nacional 170/2020, emanada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Prorrogar por el término de 90 días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 15 de junio 2020. Encomendar a la Dirección de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, dependiente de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, a articular con los Centros Emisores de Licencias de Conducir, la suspensión de la atención al público en las sedes de dichos establecimientos, hasta el 10 de mayo de 2020 (Carnet de conducir- Licencia-Coronavirus - COVID 19-Pandemia- Seguridad Vial).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Disposición 8/2020
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Disposición 8/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
---|---|---|
Complementada por Disposición 2/2020 de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 17/03/2020 | ADHIERE PARCIALMENTE A LOS PRECEPTOS EMANADOS DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL A TRAVÉS DE LA DISPOSICIÓN 109/2020, EN CONCORDANCIA CON LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN RECOMENDADAS POR EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN E IMPARTIDAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA DECLARADA POR EL CORONAVIRUS (COVID-19). (Emergencia Sanitaria-Prorroga por 60 días-vencimiento de Licencias Nacionales de Conducir-Registro de Conducir-Carnet de Conducir-Reducción de la atención al público). |
Última actualizacion: 28/07/2020 12:07