Disposición 13/2020

de la Dirección del Ente Regulador de la Verificación Técnica Vehicular (VTV)

Fecha de promulgación: 24/09/2020

Fecha de publicación: 25/09/2020

Número de Boletín Oficial: 28861

Tipo de publicación: Integra

Resumen

PRORROGA LOS VENCIMIENTOS DE LAS VERIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS (VTV) PRODUCIDOS ENTRE LOS MESES DE MARZO A SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 Y LOS QUE SE PRODUZCAN DURANTE EL MES DE OCTUBRE DEL CORRIENTE AÑO, HASTA EL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 2020. QUEDAN EXCLUIDOS DE LA PRÓRROGA LOS VEHÍCULOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN 278/2020 MIYSP, ASÍ COMO TAMBIÉN AQUELLOS VEHÍCULOS AFECTADOS AL SERVICIO ESPECIALIZADO DE TRANSPORTE, INCLUIDOS LOS DE EXCURSIÓN, CONTRATADOS, MARGINAL, PRIVADOS Y ESCOLARES HABILITADOS POR RESOLUCIÓN 38/2020 MIYSP.

Observaciones

NOTA: Prorroga los vencimientos de la presente, entre los meses de Noviembre 2020 a Marzo 2021, por Disposición 16/2020 VTV,

Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Disposición 13/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 278/2020 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos28/04/2020 Excluir de las prórrogas de vencimientos establecidas en la Disposición 2/2020 y Disposición 3/2020, a partir del 1 de mayo del 2020, a los vehículos destinados al transporte de pasajeros y cargas, al servicio de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, y a las prestaciones y servicios de salud. Aprobar el “PROTOCOLO OBLIGATORIO PARA LA APERTURA DE LAS PLANTAS DE VTV ” . Establecer que los servicios prestados por la red de plantas, tanto fijas como móviles, que se encuentran habilitadas para realizar la Verificación Técnica Vehicular (VTV) en el territorio provincial, se reanudarán a partir del día 28 de abril de 2020 exclusivamente para los vehículos -de todo tipo- nombrados precedentemente. -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-
Complementa a Resolución 38/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos19/05/2020Reglamentar, el Servicio de Transportes Especializados para el traslado de personas que presten servicios o realicen actividades declaradas esenciales en el marco de la emergencia pública declarada, en los términos del inciso c) del artículo 2° de la Resolución N° 22-2020, modificado por la Resolución N° 23-2020. Considerar habilitados para la prestación de los servicios a todos los servicios especializados con habilitación vigente en la Provincia de Buenos Aires -al momento del dictado de la presente resolución-, incluidos los de Excursión, Contratados, Marginal, Privados y Escolares, mientras dure la emergencia sanitaria declarada. Establecer para la prestación de los servicios previstos en el artículo 1° de la presente, la obligatoriedad del “Protocolo para Transporte Publico de Pasajeros Terrestre”, aprobado por Resolución N° 30-2020. Invitar a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a dicha norma. (Demarcación- Distancia- Ascenso y descenso del Transporte-Higiene) -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia -Subsecretaría de Transporte-
Normas que modifican y/o complementan a Disposición 13/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 23/10/2020 10:10