Disposición 483/2019

de la Dirección de Actividades Pesqueras, Acuicultura y Control Pesquero del Ministerio de Agroindustria

Fecha de promulgación: 04/09/2019

Fecha de publicación:

Número de Boletín Oficial:

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Vedar la pesca del Pejerrey (Odontesthes bonariensis) en todos los ambientes de aguas interiores de la Provincia de Buenos Aires a partir desde las 00 horas del 1° de Setiembre y hasta las 00 horas del 1º de Diciembre del año en curso, con el objeto de favorecer la reproducción de la especie.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Disposición 483/2019
NormaResumen
Disposición 116/2021

de la Dirección Provincial de Pesca del Ministerio de Desarrollo Agrario

Modificar los términos establecidos en el artículo tercero de la Disposición Nº 483-2019 del Ministerio de Desarrollo Agrario. (Referente: A los días de Pesca Deportiva y Recreativa de Pejerrey, para las lagunas Chasicó (partidos de Villarino y Puán) y Cochico y del Monte (ambas del partido de Guaminí)

Última actualizacion: 29/09/2021 11:09