Disposición 10/2012
del Ministerio de Economía
Fecha de promulgación: 15/10/2012
Fecha de publicación: 05/12/2012
Número de Boletín Oficial: 26964
Tipo de publicación: Integra
Resumen
A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2012 SERáN SUSCEPTIBLES DE ANOTACIóN LOS BOLETOS DE COMPRAVENTA, SUS CESIONES Y CANCELACIONES QUE OPTATIVAMENTE INGRESEN A ESTE ORGANISMO, DIRECCIóN PROV. REGISTRO DE LA PROPIEDAD.-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Disposición 10/2012
Norma | Resumen |
---|---|
Disposición 11/2012 del Ministerio de Economía | SUSPENDER HASTA EL 1/2/13 LA PUESTA EN PRáCTICA DE LA DISP. TéCNICO REGISTRAL Nº 10/12. RELATIVA A LA REGISTRACIóN OPTATIVA DE BOLETOS DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES.- |
Ley 10295 | CELEBRA CONVENIO ENTRE EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA Y LA DIERECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.RATIFICA DEC-LEY 9590/80. DEROGA DEC-LEYES 9243/79, 9898/82 Y 9959/83.TO POR DEC 1375/98. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09