Decreto 605/2001

Fecha de promulgación: 14/02/2001

Fecha de publicación: 20/03/2001

Número de Boletín Oficial: 24243

Tipo de publicación: Integra

Resumen

SUPRIMESE EN EL MRIO. DE GOBIERNO EL REGISTRO UNICO DE CONTROL DE ACTIVIDADES NOCTURNAS (RUCAN), CREADO POR DEC. 241/96.MODIFICA DEC. 490/98.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 605/2001
NormaResumen
Ley 12588

(DEROGADA POR LEY 14050)SUSTITUYE ART. 9º DE LA LEY 11.582.- HORARIO LOCALES BAILABLES (ATRIBUYE A LOS MUNICIPIOS LA FIJACIÓN DE HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ESPARCIMIENTO) SUPRESIÓN DEL RUCAN.-
Decreto 490/1998

NORMAS COMPLEMENTARIAS SOBRE EL REGISTRO UNICO DE CONTROL DE ACTIVIDADES NOCTURNAS (RUCAN)(LOCALES: CONFITERIAS BAILABLES, DISCOTECAS, DISCOS ETC. DEBERAN CUMPLIR CON REQUISITOS DE LA LEY 11748)(BEBIDAS ALCOHOLICAS)
Decreto 241/1996

CREA EN EL MINISTERIO DE GOBIERNO EL REGISTRO UNICO DE CONTROL DE ACTIVIDADES NOCTURNAS (RUCAN)(VER.DEC.2102/97)
Ley 11748

NORMAS SOBRE PROHIBICIÓN DE VENTAS; EXPENDIO O SUMINISTRO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09