Resolución 67/2011
de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación
Fecha de promulgación: 28/12/2011
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial: 26771
Tipo de publicación: Integra
Resumen
SUSTITUIR EL ART. 3 DE LA RES. NORMATIVA N° 26/11. REF: ESTABLECIENDO QUE SERáN OBJETO DE DECOMISO LOS BIENES CUYO TRASLADO O TRANSPORTE, DENTRO DEL TERRITORIO PROVINCIAL, SE REALICE EN AUSENCIA TOTAL DE LA DOCUMENTACIóN RESPALDATORIA QUE CORRESPONDA.
Observaciones
La Resolución N° 31/2019 de la Agencia de Recaudación deroga el artículo 1° de la presente
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Resolución 67/2011
Norma | Resumen |
---|---|
Resolución 31/2019 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | (RESOLUCIóN NORMATIVA) LA OBLIGACIóN DE AMPARAR EL TRASLADO O TRANSPORTE DE BIENES EN EL TERRITORIO PROVINCIAL MEDIANTE UN CóDIGO DE OPERACIóN DE TRANSPORTE.(MODIFICA- SISTEMATIZAR- MEDICAMENTOS- CONSTRUCCIóN-MINERALES-ALIMENTOS- BIENES DECOMISADOS)- (ARBA) |
Resolución 26/2011 de la Agencia de Recaudación | ESTABLECER QUE ADEMáS DE LOS CASOS EN LOS QUE SE VERIFIQUE LA FALTA TOTAL DE DOCUMENTACIóN RESPALDATORIA, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ART. 82 DEL CóDIGO FISCAL, SE CONSIDERARá LA INFRACCIóN Y PROCEDERá LA APLICACIóN DE LA SANCIóN DE DECOMISO.- |
Última actualizacion: 10/12/2019 10:12