Resolución 859/2009
Fecha de promulgación: 20/11/2009
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial: 26291
Tipo de publicación: Integra
Resumen
LOS SERVICIOS DE AUTOTRANSPORTE PúBLICO DE PASAJEROS CATEGORíA INTERURBANOS, SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TURISMO TEMPORADA, EXCURSIóN, CONTRATADOS Y LOS SERVICIOS PRIVADOS, DEBERáN TENER INSTALADO UN SISTEMA LIMITADOR DE VELOCIDAD.(TACóMETRO)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Resolución 859/2009
Norma | Resumen |
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Decreto 532/2009 | APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY Nº 13927 (REF. LEY DE TRÁNSITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES). |
Ley 13927 | NUEVO CÓDIGO DE TRÁNSITO. LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ADHIERE A LAS LEYES NACIONALES 24449 Y 26363. |
Decreto-ley 16378/1957 | LEY ORGANICA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS. DEROGA LA LEY 5808. |
Última actualizacion: 29/04/2019 12:04