Decreto 1092/2010
Fecha de promulgación: 26/07/2010
Fecha de publicación: 27/08/2010
Número de Boletín Oficial: 26424
Tipo de publicación: Integra
Resumen
TODA PERSONA QUE COMERCIALICE MOTOVEHÍCULOS DEBERÁ ENTREGAR JUNTAMENTE CON EL RODADO EL CASCO. CREA EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE MOTOVEHICULOS. (CICLOMOTORES-MOTOCICLETAS, TRICICLOS-CUATRICICLOS)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 1092/2010
Norma | Resumen |
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Decreto 684/2014 | MODIFICA EL DEC.1092/10. (COMERCIALIZACIóN MOTOVEHíCULOS-CONDUCTORES-ACOMPAñANTES-MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES-TRICICLOS-CASCO REGLAMENTARIO-CHALECO REFLECTANTE) |
Resolución 337/2010 del Ministerio de Producción | APROBAR EL PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIóN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE MOTOVEHICULO. FORMULARIO DE REQUERIMIENTO.- |
Decreto 532/2009 | APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY Nº 13927 (REF. LEY DE TRÁNSITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES). |
Ley 13927 | NUEVO CÓDIGO DE TRÁNSITO. LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ADHIERE A LAS LEYES NACIONALES 24449 Y 26363. |
Última actualizacion: 28/08/2024 07:08