DECRETO 7527/62
VISTO el expediente número 2408-2439 de 1960
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por el cual se gestiona la aprobación del
convenio oportunamente suscripto entre
CONSIDERANDO:
Que el aludido convenio establece que
Que no encontrándose en actividad el mencionado Organismo por las razones de público conocimiento, corresponde ratificar la enunciada sanción legal, mediante el procedimiento jurídico pertinente;
Por ello,
EL COMISIONADO FEDERAL
EN
EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO
DECRETACON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Ratifícase el convenio a que se hace referencia en el exordio del presente, aprobado por Decreto número 2026/61 obrante en copia fotográfica a fs. 9/10.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los Ministros Secretarios en acuerdo general.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al
Registro y Boletín Oficial y vuelva a
NOTA: La versión original del presente Decreto-Ley con la que cuenta esta Dirección del Boletín Oficial, no contiene glosado el Anexo.