FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9413

 

 

Por la presente ley, se reconoce a favor de la Municipalidad de Necochea, el porcentaje del cuarenta (40) por ciento en concepto de participación sobre el producido del remate de tierras fiscales ubicadas en jurisdicción de la citada Comuna, que la Provincia realizó de conformidad con las normas de la ley 5797, los días 17 y 18 de febrero de 1979.

Con antelación al loteo de referencia, la Municipalidad mencionada en el párrafo anterior, realizó trabajos de infraestructura urbanística en las tierras fiscales motivo del loteo, con miras a la incorporación de las mismas al área urbana correspondiente.

Los trabajos concretados por la Municipalidad de Necochea se ajustan a los exigidos por el artículo 2 –segunda parte- de la ley 5797, destinados a lograr un acrecentamiento del valor de los inmuebles a lotearse, tarea que de conformidad con la norma legal citada corresponde al Poder Ejecutivo.

Atento lo expresado en los párrafos que anteceden, el Estado Provincial procede a sancionar la presente ley, participando a la Comuna de Necochea del producido del remate realizado.