FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9092
Por la presente ley se establece el destino del producido de la venta de los inmuebles fiscales cuya venta fue autorizada por Ley 8970.
El Ministerio de Educación –a cuyo patrimonio se hallan afectados los inmuebles de referencia- tiene fijada como meta, que todas las economías que surjan de la reestructuración y la racionalización de los servicios, como así también el producido por la venta de bienes que no resultan necesarios a los fines educativos, se vuelquen al mejoramiento de la infraestructura escolar.
El fijar el destino del producto permitirá sub rápida reinversión con miras a mejorar la infraestructura educativa, en cumplimiento de la política señalada.