FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9848
La ley que se sanciona aprueba el
convenio celebrado el 2 de febrero de 1982, entre
Cabe destacar que los cuarteles X y XII del partido de Leandro N. Alem, se encuentran afectados por inundaciones que ocupan una superficie importante que en épocas normales resultaba apta para la producción agropecuaria.
Esa inusual masa de agua se
derivaría por declive natural del terreno hacia la laguna "
Muy próxima a ésta se encuentra
la laguna “El Chañar” en cuyas márgenes se origina el río Salado. Esta
circunstancia la hace un particular cuenco receptor con una muy eficaz vía de
salida, razón por la cual se hace necesario efectuar el citado trabajo con el
objeto de obtener una disminución del nivel del pelo de agua de la laguna “
La concreción de la citada canalización, permitirá la construcción de desagües en la localidad de Alberdi, partido de Leandro N. Alem, ya que con la cota actual de pelo de agua resulta imposible por no contar con la pendiente mínima necesaria.
La referida ejecución resulta de singular importancia dado que permitiría liberar tierras, en este momento improductivas, a un elevado número de propietarios del Distrito sin llegar a la total eliminación del agua existente en los bajos naturales.
En virtud de ello y de
conformidad con lo establecido por los artículos 90 inciso 9) y 132 inciso l0)
de