FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9521

 

 

Por la presente ley se dispone la modificación del artículo 1 de la Ley 9477 por la cual se donan inmuebles propiedad de la Provincia de Buenos Aires al Estado nacional, con destino a la instalación de dependencias del Comando de la X Brigada de Infantería “Teniente General NICOLÁS LEVALLE” del Ejército Argentina.

Su fundamento radica en la ampliación de la donación ya efectuada por la sanción de la Ley 9382, cuyo predio se encuentra en las inmediaciones de los inmuebles que motivan el dictado del presente acto legal.

Razones de interés histórico y operacional fundamentan el derecho de que esta Gran Unidad de Batalla cuente con las instalaciones adecuadas para su funcionamiento en la ciudad de La Plata.

Con la sanción de la presente se cumple acabadamente con lo solicitado por las autoridades militares.